Cualquier persona extranjera que quiera casarse, lo podrá hacer con independencia de su situación administrativa.
¿Dónde se solicita?
Se solicita ante el Juzgado encargado del Registro Civil de la localidad correspondiente donde se encuentre empadronada al menos una de las personas contrayentes.
DOCUMENTACIÓN:
Personas españolas:
Personas extranjeras:
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