AUTORIZACIÓN INICIAL DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA AJENA EN ORIGEN
Es una autorización que se solicita para la contratación de una trabajadora/or que no se encuentra ni reside en el Estado español. Además de los requisitos generales para las personas que se encuentran en el país de origen, se deben dar las siguientes circunstancias, de forma específica:
1. Que la situación nacional de empleo permita la contratación, en los siguientes casos:
2. Se deberá presentar un contrato firmado por las partes que garantice al trabajador/a una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
3. Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente.
4. El/la empleador/a solicitante deberá estar inscrito/a en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
5. El/la empleador/a deberá contar con medios económicos, materiales y personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al/la trabajador/a.
6. Poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
AUTORIZACIÓN INICIAL DE RESIDENCIA Y TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA EN ORIGEN
Es una autorización que permite a una persona no residente en en Estado español, la realización de una actividad lucrativa por cuenta propia.
Además de los requisitos generales para las personas que se encuentran en el país de origen, se deben dar las siguientes circunstancias, de forma específica:
Consiste en una autorización de residencia temporal, que se pod...